El magistrado Ricardo Dutto declaró "inconstitucional" el artículo referido y consideró que "esperar como mínimo tres años para disolver legalmente una pareja, como lo establece el Código, carece de sentido común".
La sentencia que otorgó el divorcio a una pareja de Rosario que se casó el 3 de febrero pasado, destaca en sus considerandos, "que una de las mayores virtudes que deben tener las leyes y la justicia es que respondan a la realidad y ser transparentes en la aceptación y el respeto de la voluntad de las partes".
"No puede anteponerse la letra de la ley por encima del sentido común, sino que debe administrársela con humanidad", manifestó el juez.
Dutto agregó que "ninguna norma general puede entender los sentimientos o pulsaciones amorosas, pues la razón legal no conoce a fondo los impulsos del corazón que empujan a un hombre y a una mujer a amarse y contraer matrimonio".
Por último, el texto sostiene "que no se pueden imponer soluciones jurídicas artificiales cuando el afecto conyugal desapareció y no hay posibilidades de reconciliación".
El abogado Roberto Bargut, uno de los patrocinantes de la pareja, consideró hoy que "no tiene sentido que el Estado o las leyes obligue a una pareja que se casó y que al poco tiempo decide en común acuerdo separarse, que no tiene hijos, ni bienes en común a continuar con el vínculo, cuando de hecho ya no existe".
En declaraciones formuladas a LT-8 Rosario, el letrado dijo que el artículo del Código Civil que impone un plazo de tres años para poder divorciarse es "anacrónico" y que la ley, que tiene 20 años de sancionada, debería "modificarse por las situaciones de hecho que se dan en la realidad".