| Viernes 29.03.2024

INSEGURIDAD: GARANTIAS CONSTITUCIONALES Y ABOLICIONISMO PENAL

Juan, chofer de colectivos de la línea 31, el 10 de Octubre del año 2008 festejaba el primer año del nacimiento de su hijo Matías. La felicidad inundaba toda la casa de calle Ministro Brin al 4000, esperaban familiares, abuelos, tíos, sobrinos, y amigos cercanos. Lo que Juan no sabía es que ese año de felicidad seria ennegrecido por el disparo de un arma 9 milímetros por quien esa noche asesinaba a su hijo en medio del robo. A las horas del hecho se detuvo al criminal, pero el dolor se agudizó cuando durante la instrucción penal se descubrió que el delincuente ya tenía una condena anterior por homicidio en ocasión de robo y gozaba esa noche de libertad condicional otorgada por un juez de ejecución penal. Este último fundamentó la liberación porque se habían respetado los reglamentos carcelarios. Obviando el informe psiquiátrico que no aconsejaba la liberación de este homicida. Matías hoy tendría 10 años si su asesino hubiera cumplido la pena en su totalidad. Juan, se desmoronó, se deprimió, dejo su trabajo y a su mujer, a ella ya no pudo mirarla más, su rostro recordaba la felicidad de ser el padre de Matías. Abandonó todo, excepto la idea de matar al asesino de su hijo.

El criminal, de nombre Mauro Quirón, por un tecnicismo legal, gozó de libertad durante el proceso hasta el juicio oral. Y Juan pudo averiguar donde vivía para ejecutar y hacer real lo que en su mente debía dejar de ser una fantasía…

Estimado lector, sepa disculpar el primer apartado de este artículo. Es ficción, no obstante, hemos oído y leído con muchísima angustia casos parecidos… ¡Casos reales, con dolores insuperables! Lamentando la partida de seres amados en manos de quienes interrumpen el destino por creer saber ciencia jurídica y dejar de lado informes psiquiátricos o psicológicos.

¿Qué significa hablar de inseguridad? No existe un concepto del delito de inseguridad, pero no seré irrespetuoso, no expresaré que es una sensación. Si observamos el Código Penal (con pretensiones de reforma) el delito de robo está definido por el art. 164 que establece que: Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometido para procurar su impunidad; si te roban debes saber que el delincuente, una vez llevado a juicio, con el debido proceso y bajo el principio de inocencia tendrá una pena oscilante entre un mes y seis años de prisión. Por ello debemos hablar de inseguridad sin perder los conceptos que regla el Código Penal.

¿Qué es la inseguridad? ¿Qué son las garantías del debido proceso? ¿Qué es el abolicionismo penal? la inseguridad implica la existencia de un peligro o de un riesgo, por ejemplo, “en este barrio hay mucha inseguridad, ya me asaltaron tres veces” (https://definicion.de/inseguridad/); si nos avocamos al concepto, y si la inseguridad es un riesgo o la existencia de peligro, nos insta a pensar en la población, estadísticas de educación, salud, trabajo, pobreza e indigencia. Acceso a servicios públicos esenciales como agua potable, cloacas, electricidad. Y desde allí extraer el concepto de riesgo o la existencia de un peligro. Ahora ¿Los marginales son los responsables de la inseguridad? ¿O la falta de políticas públicas de educación y salud? ¿Cuál es el sector que en su mayoría está encarcelada con altos índices de prisión preventiva sin sentencia firme? ¿Los pobres que salen a robar porque el Estado los abandonó y por ende se están vengando? ¿Los Narco-Country que se visten con Armani y son vecinos de jueces y empresarios formales que se codean con el resto del poder de turno y contra turno? Quien es el autor por excelencia del crimen ¿El sujeto que comete el acto atroz o el Estado con altísimos índices de desidia en políticas y estrategias de prevención del crimen?

Es tan complicado analizar la inseguridad que en cuanto hay un brote de delitos queremos mano dura y aplastar al individuo como si fuese una cucaracha. ¡Nos dan asco los delincuentes! ¡El que mata tiene que morir! Si descubrimos que un violador vecino de nuestro barrio abusó y mato una niña, vamos 200 vecinos y lo linchamos. Y por resultado tendremos un violador y 200 acusados del delito de lesiones gravísimas u homicidio; no nos alcanzó por lo que tomamos una comisaria y la incendiamos: y nos convertimos en 200 pirómanos cometiendo estrago doloso y delitos contra el orden público. ¿Qué hacemos entonces?

Si escuchamos a los abolicionistas del derecho penal, nos dicen en líneas generales que: El delito no tiene realidad ontológica: es una construcción, un producto, un mito. Lo que el sistema penal define como delictivo son simplemente conflictos o situaciones problemáticas, comportamientos no deseables, pero no por ello actos que tengan que erradicarse, sino sólo tratarse con instrumentos diferentes a los penales. (fuente: http://www.infoderechopenal.es/2011/12/el-abolicionismo.html); Podemos mirar a una víctima de violación y decirle: ¿nadie te violo, es un mito? ¿El asesinato de un hijo es en hecho fantástico? ¿Entonces no mataron a mi hijo? Los abolicionistas no son conducentes en la resolución de la crisis del sistema penal y la seguridad, son funcionales a la represión que desde el Estado se intenta proveer como esquema punitivo.

Por estas razones y con ahínco debemos abogar por el pleno respeto de las garantías constitucionales, del debido proceso, el principio de inocencia. Que el Estado invierta en un nuevo modelo ejecución punitiva, con cárceles aptas para la recuperación del reo. Esto también es una fantasía, porque al Estado no le interesa la rehabilitación del delincuente. Sin embargo, las garantías del Estado de Derecho están vigentes, al menos en la escritura de la Constitución Nacional, el código de procedimiento penal y la ley de ejecución penal. No podemos dejar de bregar por el cumplimiento de la ley, aún si esta última frase es una ecuación mágica mientras al momento de la publicación de esta nota cientos de delitos se cometen. Y uno piensa en un juez imparcial, en que la victima tenga voz, defensa y derechos de efectivo cumplimiento en cuanto a saber qué pena cumplirá el victimario y como se ejecuta la misma, que el criminal tenga un juicio justo con defensor público, rápido y con pronta sentencia.

Por ello se debe invertir más en el sistema de justicia, mejores sueldos para sus trabajadores, jueces y fiscales. Que el policía tenga derecho a sindicalizarse, a capacitarse constantemente y a acceder al saber científico contra el crimen común y organizado; que la tecnología no sea el WhatsApp con los que se los ve a diario.

¿No es una verdad patente que el problema de la seguridad ciudadana es en ocasión de la impericia de la política?

No podemos culpar a los abogados penalistas por ejercer su trabajo, si deberíamos debatir que para casos que afectan la seguridad nacional como lo son el Narcotráfico, Terrorismo, Corrupción, Evasión de Impuestos, Lavado de Dinero, Trata de Personas, es imprescindible que exista un cuerpo de abogados dentro del organigrama estatal para ejercer como Defensores Públicos por ser esta materia criminal especifica y que si pone en peligro a los Estados Nacionales. El Defensor Penal privado no creo que deba intervenir en estos asuntos, además el Estado debe garantizar el debido proceso y el principio de inocencia. Pero esto es también una fantasía, ningún colega va relegar su rol de influencer cual cuenta de Instagram.

No puedo dejar de señalar que resulta risible ver a la gendarmería, la prefectura o a los pitufos detener vehículos y pedir licencia de conducir, seguro, etc. Pareciera que haciendo las veces de agentes de transito reducen visualmente el delito. Quizás con tecnología y escáner podrían detectar dinero, drogas o hasta algún secuestrado adormecido con somníferos en el baúl. Y así dejar de pedir constancias administrativas de transito cuando es competencia de los zorros y la justicia de faltas municipal. Tampoco alcanza el bombardeo de derribo de kioscos del narcomenudeo, estos no hacen millonario al Narco. No me imagino a un Narco-Empresario haciéndose problema porque derribaron un kiosquito en Lomas de Zamora. Tal vez se esté riendo de ello.

¿Qué le responderíamos a Juan si la ficción del principio de esta nota fuera un caso real? Hace unos años, creo que muchos años, oí a una persona, lastima que no recuerdo su nombre, que dijo: ¡Si matasen a mi hijo espero que el Estado de Derecho sea lo suficientemente fuerte para detenerme y no cometer una locura!

 

 

Por Sebastián D. Longhi

Abogado.

Columnista de Lanús Noticias

T° II F° 302. CAAL.

 



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2 comentarios en «INSEGURIDAD: GARANTIAS CONSTITUCIONALES Y ABOLICIONISMO PENAL»

    • #Mamadera! MM causas por: espionaje, contrabando, escuchas telefónicas, las cloacas con Rousselot y, por si fuera poco, 251 cuentas off shore. Esto sin contar que intentó hacer pasar por loco e internarlo al padre para ya sabés que… Si, acertaste, quedarse con todas las empresas AHORA. Muchacha, le pido por favor que se informe fuera de TN y verá que hay vida y verdad después de ellos. CFK te puso 2 satélites en el espacio -entre mil más motivos de orgullo- así como te sumó 6 vacunas (de 13 a 19 gratuitas y obligatorias)… say no more. En otro momento hablamos de las Escuelas y Universidades que contruyó. Saludos.

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