{"id":69378,"date":"2022-08-27T11:45:50","date_gmt":"2022-08-27T14:45:50","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/?p=69378"},"modified":"2022-08-27T11:45:50","modified_gmt":"2022-08-27T14:45:50","slug":"denuncian-penalmente-a-alberto-fernandez-cristina-fernandez-de-kirchner-eduardo-wado-de-pedro-anibal-fernandez-axel-kicillof-luis-delia-y-hebe-de-bonafini","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/denuncian-penalmente-a-alberto-fernandez-cristina-fernandez-de-kirchner-eduardo-wado-de-pedro-anibal-fernandez-axel-kicillof-luis-delia-y-hebe-de-bonafini\/","title":{"rendered":"DENUNCIAN PENALMENTE A ALBERTO FERN\u00c1NDEZ, CRISTINA FERN\u00c1NDEZ DE KIRCHNER, EDUARDO \u201cWADO\u201d DE PEDRO, AN\u00cdBAL FERN\u00c1NDEZ, AXEL KICILLOF, LUIS D\u00b4ELIA, Y HEBE DE BONAFINI"},"content":{"rendered":"<p>La Presidente del Pro, <strong>Patricia Bullrich<\/strong>, junto con a los diputados nacionales , <strong>Cristian Ritondo<\/strong>, <strong>Gerardo<\/strong><strong> Milman<\/strong>, <strong>Sabrina<\/strong><strong> Ajmechet<\/strong>, <strong>Federico <\/strong><strong>Angelini<\/strong>, <strong>Alberto <\/strong><strong>Asseff<\/strong>, <strong>Karina<\/strong><strong> Bachey<\/strong>, <strong>H\u00e9ctor<\/strong><strong> Baldassi<\/strong>, <strong>Gabriela <\/strong><strong>Besana<\/strong>, <strong>Soher El Sukaria<\/strong>, <strong>Germana Figueroa Casas<\/strong>, <strong>Alejandro <\/strong><strong>Finocchiaro<\/strong>, <strong>Ingrid <\/strong><strong>Jetter<\/strong>, <strong>Mercedes <\/strong><strong>Joury<\/strong>, <strong>Florencia<\/strong><strong> Klipauka Lewtak<\/strong>, <strong>Alvaro<\/strong><strong> Martinez<\/strong>, <strong>Graciela <\/strong><strong>Oca<\/strong><strong>\u00f1a<\/strong>, <strong>Graciela Maril\u00fa <\/strong><strong>Quiroz<\/strong>, <strong>Claudio <\/strong><strong>Poggi<\/strong>, <strong>Mar\u00eda Lujan Rey<\/strong>, <strong>Dina <\/strong><strong>Rezinovsky<\/strong>, <strong>Laura <\/strong><strong>\u00a0Rodriguez Machado<\/strong>, <strong>Ana Clara Romero<\/strong>, <strong>Ricardo L\u00f3pez Murphy<\/strong>, <strong>Fernando Iglesias<\/strong>, <strong>Jorge Enr\u00edquez<\/strong>\u00a0 y <strong>Virginia <\/strong><strong>Cornejo<\/strong>, denunciaron penalmente al Presidente de la Naci\u00f3n <strong>Alberto Fern\u00e1ndez<\/strong>, a la vicepresidente <strong>Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez<\/strong>, a los ministros <strong>Eduardo De Pedro<\/strong> y <strong>An\u00edbal Fern\u00e1ndez<\/strong>, al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires <strong>Axel Kicillof<\/strong> y a <strong>Luis D\u00b4Elia<\/strong> y <strong>Hebe Pastor de Bonafini<\/strong>, por los delitos de sedici\u00f3n, amenazas calificadas, violaci\u00f3n de los deberes de funcionario p\u00fablico, instigaci\u00f3n a cometer delitos e intimidaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La denuncia se refiere a la ejecuci\u00f3n de un plan de impunidad respecto de los graves delitos de corrupci\u00f3n cometidos entre 2003 y 2015, que se ventilan en las causas \u00a8Vialidad\u201d, \u201cHotesur-Los Sauces\u201d y \u201cCuadernos\u00a8, entre otras. Seg\u00fan la denuncia, el plan se habr\u00eda orquestado de la siguiente manera: Los dichos permanentes, las Amenazas a Jueces y fiscales , los indultos y la destrucci\u00f3n institucional de la justicia confirman el marco de las declaraciones del Presidente y su Vice que dieron marco al plan de impunidad comenzando , inclusive antes de la asuncion del mando y promovido durante estos a\u00f1os, llegando en estas circunstancias del alegato del fiscal a un nivel de violencia verbal y amenazas, que cierran el c\u00edrculo del Plan de impunidad denunciando .<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s:<\/p>\n<p>1.- Una campa\u00f1a de desprestigio de la Justicia y de banalizaci\u00f3n de los hechos, a partir de la instalaci\u00f3n de la idea del \u201clawfare\u201d como una forma de persecuci\u00f3n pol\u00edtica;<\/p>\n<p>2.-\u00a0 al mismo tiempo, al asumir el actual Gobierno se colocaron militantes a cargo de \u00e1reas estrat\u00e9gicas para desactivar las denuncias: la Oficina Anticorrupci\u00f3n &#8211; F\u00e9lix Crous -,\u00a0 UIF &#8211;\u00a0 Juan Carlos Otero , Procuraci\u00f3n del Tesoro &#8211; Carlos Zanini -, AFIP &#8211; Mercedes Marc\u00f3 del Pont -, quienes desistieron de las querellas oportunamente promovidas en esos procesos; y, finalmente,<\/p>\n<p>3.-\u00a0 con la promoci\u00f3n de acciones de hecho con la movilizaci\u00f3n de militantes a modo de amenaza contra los jueces y fiscales que tienen que tomar las decisiones en las causas de referencia, instalando la idea que en caso de ser condenada Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner se producir\u00e1n graves disturbios sociales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Tales acciones conforman claramente el delito de sedici\u00f3n contemplado en el art. 22 de la Constituci\u00f3n Nacional, tendiente a apa\u00f1ar hechos que el mismo texto constitucional califica como de traici\u00f3n a la patria (art. 36) y violan los compromisos asumidos por el pa\u00eds en las convenciones de Naciones Unidas e Interamericana contra la corrupci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><u>FORMULAN DENUNCIA<\/u><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>SE\u00d1OR JUEZ FEDERAL:<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Bullrich, Patricia (DNI 11.988.336) en car\u00e1cter de Presidente del Partido Propuesta Republicana (PRO), con domicilio en Balcarce 412, Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires,\u00a0 junto a Ritondo, Cristian (DNI 17.856.203); Milman, Gerardo (DNI 17.804.509); Ajmechet, Sabrina (DNI 29.042.389); Angelini, Federico (DNI 25.648.514); Asseff, Alberto (DNI 4.394.932); Bachey, Karina (DNI 24.400.848); Baldassi, H\u00e9ctor (DNI 17.485.029); Besana, Gabriela (DNI 28.829.992); El Sukaria, Soher (DNI 18.769.446); Figueroa Casas, Germana (DNI 18.495.941); Finocchiaro, Alejandro (DNI 18.453.675); Jetter, Ingrid (DNI 22.321.611); Joury, Mercedes (DNI 29.577.824); Klipauka Lewtak, Florencia (DNI 37.221.886); Martinez, Alvaro (DNI 32.627.628); Oca\u00f1a, Graciela (DNI 14.184.382); Quiroz, Maril\u00fa (DNI 13.517.129); Poggi, Claudio (DNI 16.530.110); Rey, Mar\u00eda Luj\u00e1n (DNI 20.187.249); Rezinovsky, Dina (DNI 32.865.847); Rodriguez Machado, Laura (DNI 14.891.798); Romero, Ana Clara (DNI 27.020.228); Cornejo, Virginia (DNI 6.722.506) ; L\u00f3pez Murphy, Ricardo; Iglesias, Fernando; Enr\u00edquez, Jorge; en nuestro car\u00e1cter de Diputados Nacionales, con domicilio en Riobamba 25, Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires respetuosamente nos presentamos y decimos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>I.- OBJETO DEL PRESENTE ESCRITO:<\/strong><\/p>\n<p>Que en legal tiempo y forma, venimos a formular denuncia criminal, en orden a los delitos previstos en los arts. 277 inc. 1, 241 inc. 2\u00ba, 149 ter inc. 2 a), 209, 212, 230 inc. 2, 248 y 261 del C\u00f3digo Penal, todos ellos en funci\u00f3n del art. 36 de la Constituci\u00f3n Nacional, conforme los hechos y sus consecuencias jur\u00eddicas, que de seguido se expondr\u00e1n, contra Alberto Angel Fern\u00e1ndez (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/7iRTazhHoWmSb0w763R763k9Nw\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/tn.com.ar\/politica\/2022\/08\/24\/alberto-fernandez-nisman-se-suicido-espero-que-luciani-no-haga-algo-asi\/<\/a>), Presidente de la Naci\u00f3n, Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/jHDkg763Hfn2veDiZ892Ho1W3w\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/politica\/cristina-hara-su-descargo-en-el-senado-segui-el-minuto-a-minuto.phtml<\/a>), vicepresidente de la Naci\u00f3n,\u00a0 Eduardo de Pedro, Ministro del Interior (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/wWXIgI892g892nT7qxr9F1FC1g\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">nfobae.com\/politica\/2022\/08\/24\/wado-de-pedro-quieren-proscribir-a-cristina-como-hicieron-con-lula\/<\/a>), An\u00edbal Fern\u00e1ndez, (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/rMejVFaP9CBezzgMchc3pA\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/modo-fontevecchia\/anibal-fernandez-da-verguenza-ver-la-causa-vialidad-es-muy-poco-serio-modof.phtml<\/a>) Ministro de Seguridad, Luis Angel D\u00b4Elia (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/U23vL7UeJFG24YL67d6hKw\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.lanacion.com.ar\/politica\/en-defensa-de-cristina-kirchner-luis-delia-propuso-cortar-las-rutas-los-accesos-y-las-avenidas-por-nid23082022\/<\/a>), Hebe Mar\u00eda Pastor de Bonafini (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/2inx6qRS86LA7DSOsjy7634w\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.pagina12.com.ar\/475566-hebe-de-bonafini-convoco-a-una-pueblada-para-defender-a-cris<\/a>), Axel Kicillof (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/d1z7892R763tFvUzDt4kN3J763iw\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.clarin.com\/politica\/-tocan-cristina-quilombo-va-armar-canto-asuncion-nuevo-ministro-trabajo-walter-correa_0_MeHqfDVX8A.html<\/a>).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 II.- FUNDAMENTOS:<\/strong><\/p>\n<p>A.- El art. 36 de la Constituci\u00f3n Nacional atribuye la calidad de traidores a la patria, a quienes cometan graves hechos de corrupci\u00f3n que conlleven enriquecimiento.<\/p>\n<p>Su art. 22 establece que el pueblo no delibera sino por medio de sus representantes y que toda fuerza armada o reuni\u00f3n de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de \u00e9ste, comete delito de sedici\u00f3n.<\/p>\n<p>La Convenci\u00f3n Interamericana contra la Corrupci\u00f3n, aprobada por ley 24.759, y la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas contra la Corrupci\u00f3n, aprobada por ley 26.097, obligan a la Rep\u00fablica Argentina a promover y fortalecer el desarrollo de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p><em>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/em>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 El art. IV de la primera de tales convenciones establece que se aplica siempre que el acto se haya cometido en un estado parte, que \u201c&#8230;<em>adoptar\u00e1 las medidas que sean necesarias para ejercer su jurisdicci\u00f3n respecto de los delitos que haya tipificado de conformidad con esta Convenci\u00f3n cuando el delito se cometa en su territorio\u201d <\/em>(art. V).<\/p>\n<p>Debe ser aplicada a los siguientes actos de corrupci\u00f3n:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><em>\u201ca. El requerimiento o la aceptaci\u00f3n, directa o indirectamente, por un funcionario p\u00fablico o una persona que ejerza funciones p\u00fablicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como d\u00e1divas, favores, promesas o ventajas para s\u00ed mismo o para otra persona o entidad a cambio de la realizaci\u00f3n u omisi\u00f3n de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones p\u00fablicas;<\/em><\/p>\n<ol>\n<li><em> El ofrecimiento o el otorgamiento, directa o indirectamente, a un funcionario p\u00fablico o a una persona que ejerza funciones p\u00fablicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como d\u00e1divas, favores, promesas o ventajas para ese funcionario p\u00fablico o para otra persona o entidad a cambio de la realizaci\u00f3n u omisi\u00f3n de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones p\u00fablicas;<\/em><\/li>\n<li><em> La realizaci\u00f3n por parte de un funcionario p\u00fablico o una persona que ejerza funciones p\u00fablicas de cualquier acto u omisi\u00f3n en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener il\u00edcitamente beneficios para si mismo o para un tercero;<\/em><\/li>\n<li><em> El aprovechamiento doloso u ocultaci\u00f3n de bienes provenientes de cualesquiera de los actos a los que se refiere el presente art\u00edculo; y<\/em><\/li>\n<li><em> La participaci\u00f3n como autor, coautor, instigador, c\u00f3mplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisi\u00f3n, tentativa de comisi\u00f3n, asociaci\u00f3n o confabulaci\u00f3n para la comisi\u00f3n de cualquiera de los actos a los que se refiere el presente art\u00edculo\u201d. <\/em>(Art. VI).<\/li>\n<\/ol>\n<p><em>\u201cCon sujeci\u00f3n a su Constituci\u00f3n y a los principios fundamentales de su ordenamiento jur\u00eddico, los Estados Partes que a\u00fan no lo hayan hecho adoptar\u00e1n las medidas necesarias para tipificar en su legislaci\u00f3n como delito, el incremento del patrimonio de un funcionario p\u00fablico con significativo exceso respecto de sus ingresos leg\u00edtimos durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda ser razonablemente justificados por \u00e9l.<\/em><\/p>\n<p><em>Entre aquellos Estados Partes que hayan tipificado el delito de enriquecimiento il\u00edcito, \u00e9ste ser\u00e1 considerado un acto de corrupci\u00f3n para los prop\u00f3sitos de la presente Convenci\u00f3n\u201d.<\/em>(Art. IX)<em>.<\/em><\/p>\n<p>Por otra parte, la misma Convenci\u00f3n trae una definici\u00f3n relevante al se\u00f1alar en su art. XVII:<\/p>\n<p>\u201c<em>Naturaleza del acto<\/em><\/p>\n<p><em>A los fines previstos en los art\u00edculos XIII, XIV, XV y XVI de la presente Convenci\u00f3n, el hecho de que los bienes obtenidos o derivados de un acto de corrupci\u00f3n hubiesen sido destinados a fines pol\u00edticos o el hecho de que se alegue que un acto de corrupci\u00f3n ha sido cometido por motivaciones o con finalidades pol\u00edticas, no bastar\u00e1n por s\u00ed solos para considerar dicho acto como un delito pol\u00edtico o como un delito Com\u00fan conexo con un delito pol\u00edtico\u201d<\/em>.<\/p>\n<p>A su vez, la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas contra la Corrupci\u00f3n trae pautas esenciales como obligaciones de los Estados parte:<\/p>\n<p>\u201c<em>1. La presente Convenci\u00f3n se aplicar\u00e1, de conformidad con sus disposiciones, a la prevenci\u00f3n, la investigaci\u00f3n y el enjuiciamiento de la corrupci\u00f3n y al embargo preventivo, la incautaci\u00f3n, el decomiso y la restituci\u00f3n del producto de delitos tipificados con arreglo a la presente Convenci\u00f3n.<\/em><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Estas obligaciones implican garantizar que los procesos contra funcionarios p\u00fablicos imputados de corrupci\u00f3n sean llevados a cabo, asegurando la eficacia, imparcialiad y autonom\u00eda de los \u00f3rganos encargados de la persecuci\u00f3n penal y el enjuiciamiento.<\/em><\/strong><em>\u201d<\/em>. (Art. 3)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><em>\u201cCada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jur\u00eddico, formular\u00e1 y aplicar\u00e1 o mantendr\u00e1 en vigor pol\u00edticas coordinadas y eficaces contra la corrupci\u00f3n que promuevan la participaci\u00f3n de la sociedad y reflejen los principios del imperio de la ley, la debida gesti\u00f3n de los asuntos p\u00fablicos y los bienes p\u00fablicos, la integridad, la transparencia y la obligaci\u00f3n de rendir cuentas.<\/em><\/li>\n<li><em>Cada Estado Parte procurar\u00e1 establecer y fomentar pr\u00e1cticas eficaces encaminadas a prevenir la corrupci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<li><em>Cada Estado Parte procurar\u00e1 evaluar peri\u00f3dicamente los instrumentos jur\u00eddicos y las medidas administrativas pertinentes a fin de determinar si son adecuados para combatir la corrupci\u00f3n.\u201d<\/em>(art. 5).<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201c<em>1. Cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jur\u00eddico, garantizar\u00e1 la existencia de un \u00f3rgano u \u00f3rganos, seg\u00fan proceda, encargados de prevenir la corrupci\u00f3n con medidas tales como:<\/em><\/p>\n<ol>\n<li><em>a) La aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas a que se hace alusi\u00f3n en el art\u00edculo 5 de la presente Convenci\u00f3n y, cuando proceda, la supervisi\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la puesta en pr\u00e1ctica de esas pol\u00edticas;<\/em><\/li>\n<li><em>b) El aumento y la difusi\u00f3n de los conocimientos en materia de prevenci\u00f3n de la corrupci\u00f3n,<\/em><\/li>\n<li><em> Cada Estado Parte otorgar\u00e1 al \u00f3rgano o a los \u00f3rganos mencionados en el p\u00e1rrafo 1 del presente art\u00edculo la independencia necesaria, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jur\u00eddico, para que puedan desempe\u00f1ar sus funciones de manera eficaz y sin ninguna influencia indebida. Deben proporcion\u00e1rseles los recursos materiales y el personal especializado que sean necesarios, as\u00ed como la capacitaci\u00f3n que dicho personal pueda requerir para el desempe\u00f1o de sus funciones.<\/em>\u201d (Art. 6).<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u201c<em>1. Teniendo presentes la independencia del poder judicial y su papel decisivo en la lucha contra la corrupci\u00f3n, cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jur\u00eddico y sin menoscabo de la independencia del poder judicial, adoptar\u00e1 medidas para reforzar la integridad y evitar toda oportunidad de corrupci\u00f3n entre los miembros del poder judicial. Tales medidas podr\u00e1n incluir normas que regulen la conducta de los miembros del poder judicial.<\/em><\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><em> Podr\u00e1n formularse y aplicarse en el ministerio p\u00fablico medidas con id\u00e9ntico fin a las adoptadas conforme al p\u00e1rrafo 1 del presente art\u00edculo en los Estados Parte en que esa instituci\u00f3n no forme parte del poder judicial pero goce de independencia an\u00e1loga\u201d <\/em>(art. 11).<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los criterios contra la corrupci\u00f3n emergentes de tales convenciones est\u00e1n contemplados en el C\u00f3digo Penal, que sanciona los delitos de defraudaci\u00f3n contra la administraci\u00f3n p\u00fablica, cohecho, enriquecimiento il\u00edcito de funcionarios p\u00fablicos, malversaci\u00f3n de caudales p\u00fablicos, exacciones ilegales, encubrimiento y lavado de dinero proveniente de la corrupci\u00f3n, adem\u00e1s de contemplar el recupero de los beneficios del delito (art. 23), especial inhabilitaci\u00f3n para funcionarios p\u00fablicos (art. 22) y restringir a su respecto la suspensi\u00f3n del proceso a prueba (art. 76 bis).<\/p>\n<p>Como consecuencia de tal plexo normativo, el Estado Argentino tiene claras obligaciones para prevenir, combatir, enjuiciar y castigar la corrupci\u00f3n, que en las convenciones mencionadas fue directamente considerada una grave amenaza para \u201c<em>la estabilidad y seguridad de las sociedades al socavar las instituciones y los valores de la democracia, la \u00e9tica y la justicia y al comprometer el desarrollo sostenible y el imperio de la ley<\/em>\u201d (Convenci\u00f3n de Naciones Unidas contra la Corrupci\u00f3n) y que \u201c<em>la corrupci\u00f3n socava la legitimidad de las instituciones p\u00fablicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia, as\u00ed como contra el desarrollo integral de los pueblos; &#8230; que la democracia representativa, condici\u00f3n indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la regi\u00f3n, por su naturaleza, exige combatir toda forma de corrupci\u00f3n en el ejercicio de las funciones p\u00fablicas, as\u00ed como los actos de corrupci\u00f3n espec\u00edficamente vinculados con tal ejercicio; &#8230; que el combate contra la corrupci\u00f3n fortalece las instituciones democr\u00e1ticas, evita distorsiones de la econom\u00eda, vicios en la gesti\u00f3n publica y el deterioro de la moral social..<\/em>\u201d (Convenci\u00f3n Interamericana contra la Corrupci\u00f3n).<\/p>\n<p>B.- No obstante ello, habiendo avanzado en los \u00faltimos a\u00f1os,\u00a0 diversos procesos contra graves actos de corrupci\u00f3n, donde fueron condenados en diversas instancias varios funcionarios de muy alto nivel del Gobierno, otros est\u00e1n procesados con requerimiento de elevaci\u00f3n a juicio y algunos detenidos, estamos claramente frente a un proceso pol\u00edtico tendiente a hacer cesar la persecuci\u00f3n penal de tales delitos y lograr la impunidad de sus autores, mediante acciones evidentes de diverso tipo\u00a0 QUE LLEGAN A PONER EN CRISIS EL SISTEMA DEMOCR\u00c1TICO, en flagrante violaci\u00f3n a las obligaciones internacionales previamente descriptas y en fraude al sistema constitucional vigente.<\/p>\n<p>Los fines de las convenciones mencionadas resultan burlados cuando quedan a cargo de la persecuci\u00f3n penal y sus circunstancias accesorias personas involucradas, con intereses comunes, con quienes resultan imputadas en los actos de corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p><em>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/em>Esto es lo que ocurre con los casos en que resulta imputada la actual Vicepresidente de la Naci\u00f3n, Cristina Elizabet Fernandez de Kirchner\u00a0 y los funcionarios y ex funcionarios p\u00fablicos como Jos\u00e9 L\u00f3pez, Julio De Vido, Roberto Baratta, Abel Fatala, Nelson Periotti, etc. por los delitos de asociaci\u00f3n il\u00edcita, lavado de dinero, cohecho, defraudaci\u00f3n a la administraci\u00f3n p\u00fablica y negociaciones incompatibles con la funci\u00f3n p\u00fablica, en las causas denominadas \u201cVialidad\u201d, por los contratos en favor de las empresas de L\u00e1zaro Baez, \u201cHotesur\u201d y \u201cLos Sauces\u201d, unificadas y por lavado de dinero, y \u201cCuadernos\u201d, por las anotaciones del chofer de Roberto Baratta, Oscar Centeno, todas en instancia de juicio oral.<\/p>\n<p>Las investigaciones se llevaron a cabo en distintos juzgados y tribunales orales federales de la Capital Federal, en algunos casos con condenas en primera instancia y otros en la de juicio oral, <strong>pero existe en la actualidad un plan coordinado para desbaratar las investigaciones, AMEDRENTAR JUECES Y FISCALES y avanzar hacia la impunidad de Fern\u00e1ndez de Kirchner y algunos de sus ex colaboradores<\/strong>.<\/p>\n<p>El plan comenz\u00f3 con una campa\u00f1a de desprestigio de las investigaciones a partir de consider\u00e1rselas parte de un sistema de \u201clawfare\u201d, conforme el cual presuntamente tales personas fueron involucradas en procesos penales como un modo de persecuci\u00f3n pol\u00edtica a trav\u00e9s del sistema judicial, no obstante las confesiones brindadas en sede judicial por numerosos arrepentidos. Y una vez producido el cambio de gobierno se materializ\u00f3 con la designaci\u00f3n de personas vinculadas a los imputadas en tales casos en cargos p\u00fablicos claves para entorpecer, inhibir o desbaratar las investigaciones penales y las decisiones judiciales.<\/p>\n<p>De ese modo, se nombr\u00f3 el 10 de diciembre de 2019 a Carlos Zannini, como Procurador del Tesoro de la Naci\u00f3n, cargo que deber\u00eda liderar el recupero de los bienes obtenidos como consecuencia de la corrupci\u00f3n. vinculado de larga data a la familia Kirchner, &#8211; fue Presidente del Tribunal Superior de Justicia y Secretario Legal y T\u00e9cnico\u00a0\u00a0en las gestiones de N\u00e9stor Kirchner como Intendente de R\u00edo Gallegos, Gobernador de Santa Cruz y Presidente de la Naci\u00f3n y Secretario Legal y T\u00e9cnico durante la presidencia de\u00a0Cristina Fernandez de Kirchner\u00a0-, procesado en la causa 14.305\/15 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N 11, Sec. Nro 21, por el caso del memor\u00e1ndum con Ir\u00e1n, por los delitos de estorbo de un acto funcional, abuso de autoridad y encubrimiento agravado.<\/p>\n<p>Al mismo tiempo, se design\u00f3 a Juan Mart\u00edn\u00a0Mena, ex funcionario del gobierno de Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez de Kirchner \u2013 fue\u00a0subsecretario de Pol\u00edtica Criminal y jefe de Gabinete de Asesores de 2010 a 2015 en el Ministerio de Justicia y luego, hasta fin de 2015 en la AFI-. tambi\u00e9n procesado en el caso del Memor\u00e1ndum con Ir\u00e1n, como subsecretario de Justicia\u00a0 (Dec. 168\/2020), de quien se hizo depender el programa de protecci\u00f3n de testigos a cargo de Santiago Eguren (Decisi\u00f3n Administrativa 399\/2020), dirigente de \u201cLa C\u00e1mpora\u201d, uno de los apoderados del Frente de Todos, el sector pol\u00edtico que nucle\u00f3 al actual Gobierno Nacional en las \u00faltimas elecciones y funcionario de la AFI durante la gesti\u00f3n de Oscar Parrilli. Esta situaci\u00f3n y la elecci\u00f3n\u00a0porque quienes declararon contra ese sector est\u00e1n bajo su presunto amparo, motivando que varios protegidos renuncien al programa.<\/p>\n<p>El secretario de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Naci\u00f3n, Horacio C\u00e9sar \u00a0Pietragalla Corti, a principios de diciembre de 2015, fue nombrado por Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez de Kirchner presidente del\u00a0 Archivo Nacional de la Memoria, hasta que fue sustituido por la gesti\u00f3n gubernamental siguiente, en una clara intromisi\u00f3n ilegal en la Justicia, violatoria del art. 109 de la C.N y por lo tanto del art. 248 del C.P., quien se presentara en las causas correspondientes pidiendo la libertad domiciliaria de Ricardo Jaime y Mart\u00edn B\u00e1ez -hijo de L\u00e1zaro B\u00e1ez -, el primero condenado y el segundo procesado en causas de corrupci\u00f3n, que involucran al entorno de Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez de Kirchner.<\/p>\n<p>El Fiscal General Javier Deluca ante la C\u00e1mara Nacional de Casaci\u00f3n Penal, tambi\u00e9n miembro de Justicia Leg\u00edtima y quien desistiera de la apelaci\u00f3n en la denuncia del entonces Fiscal Nicasio Alberto Nisman, inmediatamente despu\u00e9s de presentarla asesinado, desisti\u00f3 de la apelaci\u00f3n por el arresto domiciliario del ex- Vicepresidente Amado Boudou, quien claramente no se encontraba en situaci\u00f3n de riesgo por la pandemia de COVID 19 cuando le fue otorgado el beneficio con esa excusa.<\/p>\n<p>En la Oficina Anticorrupci\u00f3n se design\u00f3 a F\u00e9lix Crous, fiscal de licencia y fundador de Justicia Leg\u00edtima, quien desisti\u00f3 de las querellas contra Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez de Kirchner y su entorno.<\/p>\n<p>En la Inspecci\u00f3n General de Justicia \u00a0se design\u00f3 a otro ex funcionario del gobierno de Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez de Kirchner , Ricardo Augusto Nissen, quien bloquea la informaci\u00f3n sobre el Instituto Patria, usina de ideas del espectro pol\u00edtico de la nombrada, de donde salen los criterios sobre \u201clawfare\u201d.<\/p>\n<p>En la misma l\u00ednea se hicieron intentos legislativos para licuar las facultades de los jueces federales y, fundamentalmente, para desplazar al actual Procurador General de la Naci\u00f3n interino, Dr. Eduardo Casal, y someter a los fiscales a un tribunal de enjuiciamiento absolutamente condicionado por las estructuras pol\u00edticas.<\/p>\n<p>C.- No obstante los esfuerzos mencionados desde que el actual Gobierno asumi\u00f3 el 10 de diciembre de 2019, el plan de impunidad cobr\u00f3 particular gravedad con lo acontecido en el denominado \u201cjuicio Vialidad\u201d, donde Cristina Elisabet Fern\u00e1ndez est\u00e1 imputada junto con Julio De Vido, Jos\u00e9 L\u00f3pez, L\u00e1zaro B\u00e1ez, Nelson Periotti, Abel Fatala y otros, por la conformaci\u00f3n de una asociaci\u00f3n il\u00edcita destinada a defraudar al Estado. Pese a que en ese proceso desisti\u00f3 del rol de querellante la Oficina Anticorrupci\u00f3n y la Unidad de Informaci\u00f3n Financiera pidi\u00f3 la absoluci\u00f3n con argumentos totalmente banales, el 22 de agosto de 2022 la Fiscal\u00eda representada por los Dres. Diego Luciani y Sergio Mola formul\u00f3 acusaci\u00f3n requiriendo la imposici\u00f3n de graves penas e inhabilitaci\u00f3n absoluta perpetua para el ejercicio de la funci\u00f3n p\u00fablica contra Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez,\u00a0 &#8211; 12 a\u00f1os de prisi\u00f3n &#8211; y el resto de los procesados.<\/p>\n<p>Desde ese momento, comenz\u00f3 una campa\u00f1a de amedrentamiento contra los jueces y fiscales a cargo de ese proceso y los otros seguidos contra Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez y otros ex funcionarios, consistente en un doble juego medi\u00e1tico e institucional.<\/p>\n<p>Por un lado, la imputada Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez, actual vicepresidente de la Naci\u00f3n, utilizando las dependencias asignadas por y para el ejercicio de su cargo en el Senado de la Naci\u00f3n, adem\u00e1s de las estructuras y personal de esa instituci\u00f3n, lanz\u00f3 una versi\u00f3n falsa del proceso a modo de proclama pol\u00edtica\u00a0 (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/jHDkg763Hfn2veDiZ892Ho1W3w\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/politica\/cristina-hara-su-descargo-en-el-senado-segui-el-minuto-a-minuto.phtml<\/a>) que, junto con las manifestaciones del Presidente de la Naci\u00f3n Alberto Angel Fern\u00e1ndez en redes sociales y en el canal de televisi\u00f3n \u201cTodo Noticias\u201d el pasado 24 de agosto de 2022 a las 22 hs (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/7iRTazhHoWmSb0w763R763k9Nw\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/tn.com.ar\/politica\/2022\/08\/24\/alberto-fernandez-nisman-se-suicido-espero-que-luciani-no-haga-algo-asi\/<\/a>), Presidente de la Naci\u00f3n,\u00a0 del Se\u00f1or Eduardo de Pedro, Ministro del Interior (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/wWXIgI892g892nT7qxr9F1FC1g\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">nfobae.com\/politica\/2022\/08\/24\/wado-de-pedro-quieren-proscribir-a-cristina-como-hicieron-con-lula\/<\/a>), el Doctor An\u00edbal Fern\u00e1ndez, (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/rMejVFaP9CBezzgMchc3pA\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/modo-fontevecchia\/anibal-fernandez-da-verguenza-ver-la-causa-vialidad-es-muy-poco-serio-modof.phtml<\/a>) Ministro de Seguridad,, Axel Kicillof, Gobernador de la Provincia de Buenos Aires (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/kmv9CYrhif892ISg1jt2GSDw\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.clarin.com\/politica\/-tocan-cristina-quilombo-va-armar-canto-asuncion-nuevo ministro trabajo walter correa_0_MeHqfDVX8A.html<\/a>), tendieron a sembrar la idea de un proceso ama\u00f1ado y carente de entidad probatoria, imputando a un presunto \u201cpartido judicial\u201d la intenci\u00f3n de proscribir a la primera de ellos para su gesti\u00f3n pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Al mismo tiempo, se promovi\u00f3 la acci\u00f3n de militantes en diversos actos, frente al domicilio de la vicepresidente en la calle Juncal y Uruguay de esta ciudad aut\u00f3noma de Buenos Aires, desde el mismo 22 de agosto de 2022; frente al Congreso Nacional el d\u00eda siguiente cuando ella emiti\u00f3 su \u201cproclama\u201d contra el juicio ; en la asunci\u00f3n del Ministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires el mismo d\u00eda 23 de agosto, y en las redes sociales con la consigna \u201cSi la tocan a Cristina que quilombo se va a armar\u201d, lo que remite claramente a la idea de disturbios contra el orden institucional a partir del desconocimiento de las decisiones judiciales.<\/p>\n<p>Eso, sumado a propuestas de dirigentes del oficialismo, como Luis Angel D\u00b4Elia (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/U23vL7UeJFG24YL67d6hKw\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.lanacion.com.ar\/politica\/en-defensa-de-cristina-kirchner-luis-delia-propuso-cortar-las-rutas-los-accesos-y-las-avenidas-por-nid23082022\/<\/a>), llamando a un corte de calles o rutas, o Hebe Mar\u00eda Pastor de Bonafini (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/2inx6qRS86LA7DSOsjy7634w\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.pagina12.com.ar\/475566-hebe-de-bonafini-convoco-a-una-pueblada-para-defender-a-cris<\/a>) promoviendo una \u201cpueblada\u201d, tiende a generar la idea que la paz social depende de que el sistema judicial no dicte sentencias condenatorias contra Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>Es decir, que <strong>mientras desde un sector del oficialismo se instala la falsa idea de que el juicio fue ilegal y la acusaci\u00f3n carente de sustento probatorio, en otros sectores se instala la amenaza concreta de que no ser\u00e1 aceptado en lo pendiente &#8211; la sentencia de la causa \u201cVialidad\u201d y los fallos pendientes en \u201cHotesur-Los Sauces\u201d y \u201cCuadernos\u201d &#8211; un resultado desfavorable a la actual vicepresidente y que de producirse se promover\u00e1n disturbios contra el orden institucional<\/strong>.<\/p>\n<p>En efecto, qu\u00e9 otra significaci\u00f3n puede darse a la frase promovida y repetida \u201csi la tocan a Cristina que quilombo se va a armar\u201d?. En el lunfardo argentino nadie duda que la referencia a \u201carmar quilombo\u201d remite a disturbios violentos.<\/p>\n<p>Respecto de tales hechos, ni el Presidente de la Naci\u00f3n Alberto Angel Fern\u00e1ndez, ni la vicepresidente Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez, abogados ambos,\u00a0 pueden sostener siquiera por error, que no se le puede reprochar a ella el conocimiento de todo lo que hayan hecho sus ministros y subsecretarios, por la distancia institucional existente entre el presidente y sus dependientes, porque <u>la acusaci\u00f3n invoc\u00f3 que en los casos reprochados de las licitaciones que favorecieron ilegalmente a L\u00e1zaro B\u00e1ez el dinero percibido por \u00e9ste, fue derivado al patrimonio vinculado a la mencionada Fern\u00e1ndez. <\/u><\/p>\n<p><strong>Este aspecto, central en la acusaci\u00f3n de marras fue omitido en todas las referencias hechas para desacreditar el alegato de la fiscal\u00eda y ello tiene particular relevancia porque la omisi\u00f3n tiende a dar validez al relato que justifica las amenazas de violencia que integran el plan de impunidad<\/strong>.<\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de ese dato absolutamente relevante, es interesante recordar que el primero de ellos escribi\u00f3 junto con Esteban Righi: \u201c<em>Cuando el instrumento <\/em>(se refiere al autor material)<em> obra dentro de un aparato de poder \u2026est\u00e1 aqu\u00ed en posici\u00f3n subordinada, sin que sea necesario que el \u201chombre de atr\u00e1s\u201d lo haya determinado a cometer el hecho, pues domina el suceso por su control del aparato de poder. El \u201cjefe\u201d act\u00faa desde su mesa de despacho, pero en sus manos est\u00e1 la organizaci\u00f3n. Un sector importante de la doctrina define el caso por la fungibilidad del ejecutor de la orden, que puede ser reemplazado f\u00e1cilmente por otro, y en consecuencia admiten que los miembros superiores del aparato de poder son autores mediatos. Sin embargo, la autor\u00eda mediata desaparece cuando el instrumento es un autor responsable, por lo cual el caso debe resolverse como coautora entre el ejecutor y quien desde la central domina la organizaci\u00f3n \u2026<\/em>\u201d (\u201cDerecho Penal, La ley, El delito. El proceso y la pena\u201d, p\u00e1g. 301)<\/p>\n<p>Como puede advertirse, la fundamentada sospecha sobre una trama de encubrimiento y protecci\u00f3n sobre los actos de corrupci\u00f3n que involucraron la gesti\u00f3n gubernamental de Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez de Kirchner \u00a0y su antecesor N\u00e9stor Carlos Kirchner, violatoria de los compromisos internacionales asumidos por la Rep\u00fablica Argentina, se corrobora en la \u201ccausa Vialidad\u201d a partir del desistimiento de la querella de la Oficina Anticorrupci\u00f3n, el pedido de absoluci\u00f3n de la UIF y con los hechos antes descriptos ocurridos desde el 22 de agosto de 2022, tendientes a presionar al Poder Judicial sobre el tenor de sus decisiones .<\/p>\n<p>A su vez, las expresiones vertidas este\u00a0 24 de Agosto de 2022, cerca de las 22 horas, por el Presidente de la Naci\u00f3n, Dr. Alberto Angel Fern\u00e1ndez, en el programa de televisi\u00f3n \u201cA Dos Voces\u201d que se emite por la se\u00f1al TN, excedieron lo que podr\u00eda entenderse como vertidas bajo el amparo de derecho a la libertad de expresi\u00f3n y configuraron, sin duda, un avasallamiento del Poder Ejecutivo sobre otros Poder del Estado, como son el Poder Judicial y el Ministerio P\u00fablico Fiscal.<\/p>\n<p>Este avasallamiento sobre las instituciones de la Rep\u00fablica, estuvieron dirigidas a lograr la impunidad en las causas de corrupci\u00f3n que actualmente tramitan en la justicia federal contra la Vicepresidente, Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner y otros exfuncionarios.<\/p>\n<p>Pero m\u00e1s all\u00e1 de haber constituido una intromisi\u00f3n sobre las funciones de otros poderes independientes, entendemos que tambi\u00e9n constituyeron un delito, en efecto corresponde transcribir textualmente las manifestaciones que tuvieron por v\u00edctima al Fiscal Diego Luciani a quien dejaron un claro mensaje intimidatorio al haber sostenido el Presidente que: \u201c<em>\u2026 alentar la idea de que le puede pasar al fiscal Luciani lo que le pas\u00f3 a Nisman, miren hasta ac\u00e1 lo que le pas\u00f3 a Nisman es que se suicid\u00f3, hasta ac\u00e1 no se prob\u00f3 otra cosa, yo espero que no haga algo as\u00ed el fiscal Luciani\u2026\u201d.<\/em> Estas expresiones as\u00ed vertidas, resultaron claramente intimidantes m\u00e1xime viniendo de quien ven\u00edan.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>III. C<strong>ONSECUENCIAS JUR\u00cdDICAS:<\/strong><\/p>\n<p>Las designaciones de los mencionados funcionarios Carlos Zannini,\u00a0 F\u00e9lix Crous, Carlos Cruz y luego Juan Carlos Otero, Ricardo Augusto Nissen, carentes de autonom\u00eda e imparcialidad en cargos relativos a la persecuci\u00f3n de la corrupci\u00f3n es expresamente violatoria de los arts. 3, 6 y 11 de la Convenci\u00f3n de Naciones Unidas contra la Corrupci\u00f3n, ya vertidos precedentemente, y, por ende, ante tan claro mandato normativo se encuentran tipificadas en cada caso en el art. 248 del C\u00f3digo Penal y se encuadran tambi\u00e9n en el art. 277 inc. 1, puntos a y c, con las agravantes de su inc. 3, puntos a y d, del C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p>Los hechos tendientes a amedrentar y presionar a los \u00f3rganos jurisdiccionales que deben expedirse en las causas pendientes especialmente contra Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez corresponde subsumirlos en la figura de amenaza agravada prevista en el art. 149 ter inc. 2 a),. 209, 212, 241 inc. 2 y 230 inc. 2 del C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p>Teniendo en cuenta los sujetos hacia quienes estuvo dirigida la amenaza coactiva, entendemos que corresponde adecuar la conducta en la figura agravada que prev\u00e9 el art.149 ter inciso 2\u00ba a), en tanto establece que en el caso del \u00faltimo apartado del art\u00edculo anterior, la pena se agrava si las amenazas tuvieren como prop\u00f3sito la obtenci\u00f3n de alguna medida o concesi\u00f3n por parte de cualquier miembro de los poderes p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Esto significa que para que se configure la agravante, el sujeto activo debe pretender obtener alguna medida o concesi\u00f3n por parte de un miembro de los poderes p\u00fablicos \u2013sujeto pasivo- y el t\u00e9rmino \u201cmedida\u201d se refiere a todo tipo de resoluci\u00f3n o disposici\u00f3n, como lo que se pretende lograr de los jueces que actualmente juzgan a la vicepresidente y otros ex funcionarios, para obtener un veredicto absolutorio en la causa de corrupci\u00f3n de la obra p\u00fablica.<\/p>\n<p>El uso ileg\u00edtimo de los bienes estatales, en este caso instalaciones, sets de filmaci\u00f3n y personal del Senado de la Naci\u00f3n para un fin particular, constituye el delito previsto en el art. 261 del C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>IV.- PRUEBA:<\/strong><\/p>\n<p>Solicitamos se incorporen las informaciones period\u00edsticas mencionadas precedentemente respecto de las personas imputadas: contra Alberto Angel Fern\u00e1ndez (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/7iRTazhHoWmSb0w763R763k9Nw\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/tn.com.ar\/politica\/2022\/08\/24\/alberto-fernandez-nisman-se-suicido-espero-que-luciani-no-haga-algo-asi\/<\/a>), Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez(<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/jHDkg763Hfn2veDiZ892Ho1W3w\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/politica\/cristina-hara-su-descargo-en-el-senado-segui-el-minuto-a-minuto.phtml<\/a>),\u00a0 Eduardo de Pedro, (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/wWXIgI892g892nT7qxr9F1FC1g\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">nfobae.com\/politica\/2022\/08\/24\/wado-de-pedro-quieren-proscribir-a-cristina-como-hicieron-con-lula\/<\/a>), (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/rMejVFaP9CBezzgMchc3pA\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/modo-fontevecchia\/anibal-fernandez-da-verguenza-ver-la-causa-vialidad-es-muy-poco-serio-modof.phtml<\/a>), Luis Angel\u00a0 D\u00b4Elia (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/U23vL7UeJFG24YL67d6hKw\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.lanacion.com.ar\/politica\/en-defensa-de-cristina-kirchner-luis-delia-propuso-cortar-las-rutas-los-accesos-y-las-avenidas-por-nid23082022\/<\/a>), Hebe Mar\u00eda Pastor de Bonafini (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/2inx6qRS86LA7DSOsjy7634w\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.pagina12.com.ar\/475566-hebe-de-bonafini-convoco-a-una-pueblada-para-defender-a-cris<\/a>) y Axel Kicillof (<a href=\"https:\/\/emailnews.com.ar\/l\/2D7630OIiYjW4FCxMtNjZH9A\/d1z7892R763tFvUzDt4kN3J763iw\/ubo5S77GHcdnh1eLj7BUrA\">https:\/\/www.clarin.com\/politica\/-tocan-cristina-quilombo-va-armar-canto-asuncion-nuevo-ministro-trabajo-walter-correa_0_MeHqfDVX8A.html<\/a>).<\/p>\n<p>Sin perjuicio de ello, se requiera informaci\u00f3n p\u00fablica al respecto al organismo que V.S. estime pertinente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por todo ello;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>\u00a0<strong> SOLICITAMOS:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>1.- Tenga por presentada la denuncia y, previa intervenci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico Fiscal, se disponga la formaci\u00f3n del sumario.<\/p>\n<p>2.- Oportunamente, cite a las personas denunciadas a prestar declaraci\u00f3n indagatoria.<\/p>\n<p><strong>Proveer de conformidad, <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0 SERA JUSTICIA<\/strong><\/p>\n<div id=\"lanus-1188004986\" class=\"lanus-despues-del-contenido\"><script async src=\"\/\/pagead2.googlesyndication.com\/pagead\/js\/adsbygoogle.js?client=ca-pub-7711057628815647\" crossorigin=\"anonymous\"><\/script><ins class=\"adsbygoogle\" style=\"display:inline-block;width:0px;height:0px;\" 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FERN\u00c1NDEZ, AXEL KICILLOF, LUIS D\u00b4ELIA, Y HEBE DE BONAFINI\">Seguir Leyendo<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":69379,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[30],"tags":[],"class_list":["post-69378","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias-nacionales","infinite-scroll-item","generate-columns","tablet-grid-50","mobile-grid-100","grid-parent","grid-33"],"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69378","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=69378"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69378\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":69380,"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69378\/revisions\/69380"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/69379"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=69378"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=69378"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lanusnoticias.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=69378"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}