En la sesión de ayer se aprobó el organigrama para la tan postergada Defensoría del Pueblo: los cargos son cuarenta y dos, a los que se suman los del defensor y su adjunto. Se crean tres Direcciones: de Gestión Institucional, de Finanzas y Administración y la tercera es la de Legal y Técnica. Son de categoría 230.
Cada una de ellas cuenta con un Coordinador (categoría 226), un Asesor (categoría 260) y hay 33 cargos administrativos de categoría 286.
Si bien el expediente detalla las misiones y funciones de cada una de las direcciones, no establece los sueldos que corresponden a estas categorías, por lo cual no es posible determinar cuánto de su presupuesto se usará en abonar los mismos. El artículo 5º. de la ordenanza establece: “Se faculta al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias y de cargos que correspondan”.
El intendente debe decidir cuánto será ese presupuesto pero ya había anticipado que sería de “hasta el 1%” de la recaudación general. Pero también cabe señalar que, si bien ya no dispone libremente del movimiento de partidas (los mal llamados “super poderes”), la reducción aplicada a esta distribución aún queda en el 50%.-
MARTA SANTOS